Vivimos más años, y la población esta envejeciendo, cada vez son mas las personas que padecen enfermedades degenerativas asociadas con las demencias. ¿Qué podemos hacer desde una perspectiva legal de cara a un futuro?
¿Qué es la demencia?
Sin profundizar en este tema, dado que no es mi especialidad y hay mucha información cualificada en diversidad de páginas webs como por ejemplo la ésta de Konexión Alzehimer., que he encontrado muy interesante; hare una brevísima referencia al tema.
La demencia es una pérdida de la función cerebral que ocurre a causa de ciertas enfermedades. Afecta la memoria, el pensamiento, el lenguaje, el juicio y el comportamiento. Podemos decir que hay diferentes grados desde muy leves a muy graves.
La enfermedad de Alzheimer es una enfermedad degenerativa que afecta a las neuronas de nuestro cerebro y que ocasiona un deterioro de las funciones cognitivas de la persona. Esta enfermedad constituye la forma más frecuente de demencia neurodegenerativa en las personas ancianas.
Cabe aclarar que si bien es una enfermedad que padecer principalmente las personas ancianas, no es exclusiva de este grupo etario, pudiendo aparecer a los 30 años por ejemplo. Los casos de Alzehimer en personas menores de 65 años se consideran prematuros.
¿Cómo se manifiestan las demencias?
- Deterioro de la memoria, como por ejemplo, dificultad para recordar eventos
- Dificultad para concentrarse, planificar o resolver problemas
- Problemas para completar tareas diarias en el hogar o en el trabajo
- Confusión con respecto a los lugares o el paso del tiempo
- Dificultades visuales o de espacio, como por ejemplo, no comprender distancias al conducir, perderse o poner cosas en lugares equivocados
- Problemas de lenguaje, como por ejemplo, problemas para encontrar palabras o vocabulario reducido al hablar o escribir
- Mal juicio al tomar decisiones
- Retraerse de eventos laborales o compromisos sociales
- Cambios de humor, como depresión u otros cambios en el comportamiento y la personalidad
¿Cómo actuar?
Desde un punto de vista médico ante lo que se crea que pueden ser las primeras señales ha de acudirse para realizar un diagnostico y las pruebas pertinentes.
En caso que se confirme el diagnostico y de realizar el tratamiento e indicaciones médicas hemos de saber que legalmente hay varias cosas que podemos hacer.
Respetar nuestra voluntad
Dice la Dra. Mercè Boada «Somos personas desde que nacemos hasta el último aliento de nuestra vida, con alzehimer o sin alzehimer». Esta afirmación tan evidente y simple muchas veces no se refleja en la realidad,a ni en el trato, ni en el respeto a la voluntad de la persona enferma.
Hace tiempo que nuestra ley contempla la posibilidad de que la persona manifieste su voluntad en cuanto a sus cuidados, atenciones, cuestiones de salud y recientemente también sobre nuestra muerte con la ley de la Eutanasia.
Pero recientemente con la adaptación de nuestro Código Civil y otras leyes a la Convención de nueva York sobre derechos de personas con discapacidad cobra mayor relevancia la Constitución de Prestación de apoyos Voluntaria, y ¿Qué es exactamente esto?
La ley da la facultad a las personas de que mediante un documento notarial dejemos expresados aspectos que deberán ser tenidos en cuenta en el momento que nosotros no podamos expresar nuestra voluntad, esto en relación con las enfermedades degenerativas es muy importante saberlo.
Así el artículo 250 del CC establece «Las medidas de apoyo de naturaleza voluntaria son las establecidas por la persona con discapacidad, en las que designa quién debe prestarle apoyo y con qué alcance. Cualquier medida de apoyo voluntaria podrá ir acompañada de las salvaguardas necesarias para garantizar en todo momento y ante cualquier circunstancia el respeto a la voluntad, deseos y preferencias de la persona.»
Estas disposiciones voluntarias siempre prevalecen a las impuestas por un Juzgado (esto significa que siempre prima la voluntad de la persona)
Aún no estamos acostumbrados a realizar este tipo de documentos, pero cada vez se utilizarán más y son realmente muy útiles y necesarios.
Puedes ver en mi página las formas de realizarlo aquí