Personas con Discapacidad. Renta 2018
Como sabéis ha comenzado la campaña de de Declaración de la Renta del año 2018.
Todas aquellas personas que tienen reconocido el grado de Discapacidad pueden gozar de una serie de beneficios contemplados legalmente.
¿Quienes pueden beneficiarse?
Todos aquellos que acrediten un grado discapacidad igual o superior al 33%
Esta acreditación mediante certificado o resolución del IMSERSO o por el órgano competente de la CCAA.
En el caso de Baleares la Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación.http://www.caib.es/seucaib/es/tramites/tramite/460248/
Se consideran que tienen acreditado grado de discapacidad:
- Igual o superior al 33%: A los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida alguna de estas pensiones:
Incapacidad Permanente Total
Incapacidad Absoluta
Gran Invalidez
También a pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Igual o superior al 65%: para personas con incapacidad declarada judicialmente.
Deducciones Fiscales para personas beneficiarias de Patrimonio Protegido.
Ya hemos hablado en otras ocasiones de los beneficios fiscales de la constitución de un patrimonio protegido, siempre y cuando se cumplan los requisitos. Puedes ver este post https://nataliarosset.com/patrimonio-protegido
Hay ciertas personas que pueden tener reducciones por hacer aportaciones al patrimonio protegido.
Estas personas son:
- Quieres tengan relación de parentesco en linea directa o colateral hasta 3º inclusive con la persona que padece la discapacidad
- El cónyuge de la persona discapacitada
- Las que lo tuvieran a su cargo en régimen de tutela o acogimiento.
Aportaciones a seguros
También dan derecho a reducción de la base imponible aportaciones los ciertos seguros constituidos en favor de personas con discapacidad psíquica del 33% o más, discapacidad física o sensorial del 65% o más y personas que tengan incapacitación declarada judicialmente independientemente de su grado.
Los seguros cuyas aportaciones se pueden deducir son:
- Planes de Pensiones
- Mutualidades de Previsión Social,
- Planes de Previsión Asegurados
- Planes de Previsión Social Empresarial
- Seguros de Dependencia Severa o de gran dependencia.
Deducciones a nivel autonómico
En ciertas CCAA se han establecido requisitos según su propia normativa que aprueban deducciones sobre la cuota autonómica de IRPF en materia de discapacidad.
En Islas Baleares
Por arrendamiento de vivienda habitual: 15% de los importes pagados (con un máximo de 400€) para personas con discapacidad psíquica del 33% o más, discapacidad física o sensorial del 65% o más.
Para las personas que realicen la declaración y posean una discapacidad, física, psíquica o sensorial o con descendientes con estas discapacidades tendrán derecho a las siguientes deducciones
- 80€ por discapacidad física o sensorial con grado igual o superior al 33% e inferior al 65%
- 150€ por discapacidad física o sensorial con grado igual o superior al 65%
- 150€ por discapacidad psíquica de grado igual o superior al 33%
Si tenéis dudas al respecto podéis contactar con Tutelar-T que estaremos encantados de ayudarte con estas cuestiones.