Obligaciones patrimoniales de los tutores y curadores

 

¿Cuales son las obligaciones del tutor o curador?, ¿que puede y  no puede hacer?

Es un tema que siempre genera dudas.

La persona que asume el cargo firma un documento, aceptación de cargo de tutor o curador, en dicho documento se especifican cuales son aquellos actos para los que que necesita pedir autorización al juzgado previamente a realizarlos.

Pero en la vida cotidiana, se generan dudas …..

Obligaciones tributarias y fiscales.

 

¿Tiene obligación de hacer declaración de la renta?Tiene obligación de pagar los impuestos?

Si la persona cuya capacidad se ha modificado esta obligada a realizar la declaración , el tutor debe cumplir esta obligación como su representante legal.

Así como atender a todos los impuestos a los que este obligado al pago como titular la persona que esta bajo tutela.

Tiene obligación de pagar impuestos de sociedad y actuar en el marco de la misma etc.?

Si la persona que esta bajo tutela es parte de una sociedad y no se ha dado de baja de la misma, debe asumir todas las obligaciones que tenia la persona que ahora es incapaz.

¿Tiene que interponer recursos o reclamaciones en caso que hubiere reclamaciones frente al tutelado?

Así es debe realizar todas las actuaciones de forma diligente para que se defiendan los intereses de la persona a la que representa.

Obligaciones contractuales

¿Tiene que realizar contratos de arrendamiento y firmarlos?

Si la persona sometida a tutela es arrendador o arrendatario de un inmueble el tutor debe firmarlos en su nombre y hacer todas las gestiones inherentes a los mismos.

¿Tiene que cumplir los contratos a los que se comprometió la persona que tutela?

Siempre que dichos contratos sean válidos y se hayan firmado dentro de la legalidad, el tutor debe cumplirlos.

En caso que no sea así debe emprender las acciones para impugnarlos. 

Para mas información puedes consultar este artículo https://nataliarosset.com/contratos-firmados-por-personas-con-demencia

Obligaciones respecto de herencias

¿Tiene que aceptar la herencias en nombre del tutelado?

Así es en caso de que la persona que se haya modificado la capacidad sea heredero, legatario, legitimario o cualquier figura que implique aceptar una herencia, debe realizarlo en su nombre.

Con las autorizaciones legales oportunas

¿Tiene que pagar los impuestos de la herencia?

Si todos los que sean procedentes. 

Por el hecho de estar incapacitada la persona bajo tutela tiene una serie de beneficios tributarios

 

Recordar que para ciertas cuestiones que indica el Código Civil que debe solicitarse autorización judicial previa art 271 CC

Puede revisar este tema con mayor profundidad https://nataliarosset.com/autorizacion-judicial-al-tutor

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