¿𝗤𝘂𝗲 𝘁𝗶𝗲𝗻𝗲𝗻 𝗲𝗻 𝗰𝗼𝗺𝘂́𝗻, 𝘂𝗻𝗮 𝗺𝘂𝗷𝗲𝗿 𝗰𝗼𝗻 𝗱𝗶𝘀𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱, 𝘂𝗻𝗮 𝗺𝘂𝗷𝗲𝗿 𝗺𝗮𝘆𝗼𝗿, 𝘂𝗻𝗮 𝗺𝘂𝗷𝗲𝗿 𝗰𝗼𝗻 𝗲𝗻𝗳𝗲𝗿𝗺𝗲𝗱𝗮𝗱 𝗺𝗲𝗻𝘁𝗮𝗹? 𝗤𝘂𝗲 𝘁𝗼𝗱𝗮𝘀 𝘀𝘂𝗳𝗿𝗲𝗻 𝘂𝗻𝗮 𝗱𝗼𝗯𝗹𝗲 𝗼 𝘁𝗿𝗶𝗽𝗹𝗲 𝗱𝗶𝘀𝗰𝗿𝗶𝗺𝗶𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻
Envejecer siendo mujer no es lo mismo que envejecer siendo hombre.
Durante este mes aborde en mis redes sociales este tema, desde mi práctica profesional y desde una perspectiva jurídica:
– Mujer y discapacidad
– Mujer y edadismo
– Salud mental y mujer
– Cuidados y vulnerabilidad femenina
Si hablamos de discapacidad a nivel mundial, alrededor del 20 % de las mujeres tienen una discapacidad, y estas enfrentan barreras adicionales en acceso a educación, empleo y salud, tienen menor participación social comparado con mujeres sin discapacidad, además de discriminación interseccional (género + discapacidad)
En cuanto a mujeres y edad es mas complejo aún dado que estas conductas y comportameintos estan totalmente normalizados e integrados en la sociedad.
Porque las mujeres:
• Viven más años
• Han cotizado menos
• Han asumido más cuidados
• Llegan a la vejez con mayor riesgo de precariedad
• Y sufren una doble discriminación: edad y género
Las mujeres cuidadoras muchas veces desconocen sus derechos
Más del 70% de las personas cuidadoras no profesionales en España son mujeres. Muchas reducen su jornada o abandonan el mercado laboral. Y muchas lo hacen sin conocer las consecuencias jurídicas… ni las protecciones que sí existen.
La carga invisible de las mujeres cuidadoras:
- Cuidar a un padre con dependencia.
- A un hijo con discapacidad.
- A una pareja con enfermedad crónica.
- A un hijo con enfermedad mental
En la mayoría de los casos, esa responsabilidad recae sobre una mujer. Y aquí aparece la pregunta clave: ¿Qué pasa con su trabajo, su cotización y su futuro?
Derechos específicos de las personas cuidadoras en España
En España existen mecanismos de protección que muchas mujeres desconocen:
1. Reducción de jornada por cuidado de familiar Regulada en el Estatuto de los Trabajadores, permite reducir entre un 1/8 y un 50% la jornada para cuidar:
Hijos menores de 12 años ,personas con discapacidad , familiares hasta segundo grado que no puedan valerse por sí mismos
Implica reducción proporcional de salario.
Protección frente al despido (especialmente reforzada).
2. Excedencia por cuidado de familiar Permite suspender la relación laboral:
Hasta 3 años por cuidado de hijo
Hasta 2 años por cuidado de familiar dependiente. Con reserva del puesto de trabajo durante el primer año.
3. Cotización de cuidadores no profesionales Cuando una persona es reconocida como cuidadora en el marco de la Ley de Dependencia, puede suscribir un convenio especial con la Seguridad Social. Actualmente: La cotización está asumida por la Administración General del Estado. Computa a efectos de jubilación.
4. Protección reforzada frente al despido Cuando una persona está ejerciendo derechos de conciliación o cuidado, el despido puede declararse nulo si no está justificado.
Hablar de longevidad sin hablar de mujeres cuidadoras es ignorar la realidad.
Porque la feminización del cuidado tiene impacto:
En las pensiones futuras
En la independencia económica
En la vulnerabilidad jurídica
En la violencia económica invisible
He elaborado una Guía Gratuita: Mujer & Protección juridica, si te interesa recibirla escribeme un mail a info@nataliarosset y te la hare llegar
Gracias por leerme